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Novedades renta

NOVEDADES RENTA 2023

Apreciado cliente, un año más nos dirigimos a usted al iniciarse de nuevo la Campaña de Renta. Se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales sobre el IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) e IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO (IP).

El plazo voluntario para la presentación de la declaración del IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS e IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO correspondiente al ejercicio 2023 se inicia el día 3 de abril y finalizará, tanto para las declaraciones que resulten a ingresar como para las que resulten negativas o a devolver, el 1 de julio. Para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria el plazo finaliza el 26 de junio.

Adjunto a la presente encontrará una guía indicativa de principales novedades y aquellos documentos necesarios que deberá aportar para la confección de dichas declaraciones.

Reciba como siempre un cordial saludo,

Departamento Fiscal
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PRINCIPALES NOVEDADES

Las principales novedades para esta campaña de Renta 2023 son:

1. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Se aumentan los importes que aminorarán los rendimientos netos del trabajo aumentándose, así mismo, la cuantía por debajo de la cual se aplicará esta reducción. Esta reducción se aplicará a los contribuyentes con rendimiento netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, diferentes de las del trabajo, superiores a 6.500 euros. Las nuevas cuantías de la reducción son las siguientes: Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,50 euros: 6.498 euros anuales y contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 14.047,50 y 19.747,50 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros anuales.

2. Obligación de declarar

El límite excluyente de la obligación de declarar en el caso de percibir los rendimientos del trabajo previstos en el artículo 96.3 de la LIRPF se eleva a 15.000 euros (con anterioridad el límite era de 14.000 euros).

3. Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada

El porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación para los contribuyentes que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada será durante el ejercicio 2023 del 7% (con anterioridad era del 5%).

4. Tipo de gravamen del ahorro en el IRPF

Se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra. La nueva escala aplicable en la base liquidable del ahorro es la siguiente:

ESCALA BASE AHORRO 2023
     
Base Liquidable  Cuota íntegra  Resto Base Liquidable  Tipo aplicable 
0,00  0,00  6.000,00  19,00% 
6.000,00  1.140,00  44.000,00  21,00% 
50.000,00  10.380,00  150.000,00  23,00% 
200.000,00  44.880,00  100.000,00  27,00% 
300.000,00  71.880,00  En endavant  28,00% 

 

RESUMEN DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA CONFECCIONAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

 Fotocopia del DNI/NIE del declarante y de su cónyuge, a los efectos de acreditar la fecha de validez y habilitar el rescate de los datos fiscales del año 2023 (Importante: si el DNI es permanente, es necesario identificar correctamente la fecha de expedición). Indicar el estado civil, y en caso de estar casado indicar el régimen económico matrimonial – Únicamente para el caso que sea nuevo cliente de nuestro despacho o su documento de identidad anterior hubiera caducado.

 Fotocopia del DNI/NIE de todos los hijos, ascendientes o descendientes que convivan con usted y estén a su cargo, únicamente para el caso que sea nuevo cliente de nuestro despacho. Indicar si algún miembro de su familia sufre alguna minusvalía y en qué grado.

 Fotocopia Declaración de la Renta de las Personas Físicas del año anterior, para el caso que se hubiera realizado y no la hubiéramos realizado en nuestro despacho.

 Certificado de rendimientos del trabajo personal.

 Resumen bancario de rendimientos del Capital Mobiliario: saldos en cuentas corrientes, Letras del Tesoro, Acciones, Deuda Pública, etc.

 Recibos del IBI correspondientes al 2023.

 En caso de poseer inmuebles en alquiler, indicar los ingresos y los gastos soportados. Indicar también si están arrendados a algún familiar.

 Todos los recibos de préstamos o hipotecas para la compra de vivienda, o resumen anual suministrado por la entidad bancaria.

 Justificante de aportaciones y saldo de cuentas vivienda.

 Resumen Bancario de inversiones-desinversiones de valores mobiliarios.

 Escritura de compra de bienes inmuebles tanto los de nueva adquisición como los que ya tenía (si no tenemos constancia en el despacho).

 Documentación relativa a las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas durante el ejercicio: venta de inmuebles, acciones, FIMS, etc.

 Documentación relativa a los rendimientos de Actividades Económicas.

 Aportaciones a Planes de Pensiones y valor de las cantidades percibidas, en su caso.

 Certificado de percepciones de seguros de vida, jubilación o enfermedad.

 Certificado de donaciones realizadas durante el ejercicio 2023.

Finalmente debe indicarnos si opta por la asignación tributaria, y de ser así, si la destina a favor de la Iglesia Católica, a fines sociales o a ambas.

Debe indicarnos también la cuenta corriente que desee consignar en su declaración.

Le agradeceríamos que dicha documentación nos la remitiera lo antes posible.