Las principales novedades para esta campaña de Renta 2022 son:
1. Planes de pensiones
Se reduce la deducción de impuestos de los planes de pensiones. Para 2022, el límite cuantitativo máximo de reducción fiscal por aportaciones personales al plan de pensiones pasa a ser de 1.500€ anuales, reduciéndose en 500€ el límite anterior que estaba establecido en 2.000€ anuales.
No obstante, este límite se incrementa en 8.500€ anuales, hasta los 10.000€ anuales, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o, como novedad, de aportaciones del trabajador al mismo plan de pensiones por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial (en lugar de los 8.000€ adicionales establecidos para el ejercicio 2021).
2. Nueva deducción por maternidad
Otra novedad que entra en vigor para esta campaña de la renta 2022 es la nueva deducción por maternidad para madres con niños menores de tres años. Hasta el momento la deducción solo la podían aplicar las madres trabajadoras por cuenta ajena o propia, excluyendo a aquellas mujeres en situación de desempleo, pero este año también pueden optar las madres que perciben prestaciones contributivas o asistenciales.
La deducción máxima será de 1.200€.
3. Nuevo impuesto Temporal de Solidaridad para las Grandes Fortunas
Se introduce un nuevo impuesto, presentado con carácter temporal y complementario al Impuesto sobre el Patrimonio que gravará los patrimonios que superen los 3 millones de euros, reduciéndose en 700.000€ en concepto de mínimo exento.
Para evitar la doble imposición que puede darse en aquellos contribuyentes que residan en las Comunidades Autónomas donde el Impuesto sobre el Patrimonio no este bonificado, la norma permite deducir la cuota del IP efectivamente satisfecha. Por lo tanto, solamente tendrá repercusión para aquellos contribuyentes que residan en comunidades autónomas donde el Impuesto sobre el Patrimonio está bonificado al 100%.
Recordamos que el plazo voluntario para la presentación de la declaración del IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS e IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO correspondiente al ejercicio 2022 se inicia el día 11 de abril y finalizará, tanto para las declaraciones que resulten a ingresar como para las que resulten negativas o a devolver, el 30 de junio. Para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria el plazo finaliza el 27 de junio.
Departamento Fiscal
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